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Derechos del acreedor: comunicar el crédito y cobrar

Publicado el 16.08.2026 · Actualizado el 25.08.2026

Si tu cliente entra en concurso, el error más caro es no hacer nada: los créditos no comunicados a tiempo pueden quedar subordinados, los últimos de la fila. Tres pasos mínimos:

En agosto de 2026 se han publicado 752 resoluciones concursales en España. Consulta el listado actualizado.

1 · Comunica el crédito (plazo: 1 mes)

Desde la publicación del auto en el BOE tienes un mes para comunicar tu crédito a la administración concursal (art. 255 TRLC): identificación, importe, concepto, fechas y documentación (facturas, contratos, albaranes). Se envía directamente a la dirección que consta en el auto, sin abogado obligatorio para este trámite.

2 · El orden de cobro

ClaseEjemplosCobra
Créditos contra la masaGastos del propio concurso, salarios post-declaraciónPrimero
Privilegio especialHipoteca, prenda sobre bienes concretosCon el bien
Privilegio generalParte de salarios, Hacienda y Seg. Social (50 %)Después
OrdinariosProveedores y servicios (la mayoría)A prorrata
SubordinadosComunicados tarde, intereses, personas vinculadasÚltimo

3 · Si eres trabajador: FOGASA

El Fondo de Garantía Salarial cubre, con límites, salarios e indemnizaciones pendientes cuando la empresa concursada no puede pagarlos. La solicitud se presenta con el reconocimiento del crédito laboral en el concurso o el acta de conciliación.

No te pierdas las siguientes resoluciones. Sigue a tu deudor y recibe un correo con cada publicación: apertura de liquidación, convenio, conclusión.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si comunico mi crédito fuera de plazo?

Puede clasificarse como subordinado: cobrarías después de todos los ordinarios, lo que en la práctica suele significar no cobrar.

¿Puedo seguir vendiendo a una empresa en concurso?

Sí, y lo que factures tras la declaración es crédito contra la masa (cobra primero). Aun así, valora garantías: pago anticipado o confirming.

¿Necesito abogado?

Para comunicar el crédito, no. Para personarte en el procedimiento o impugnar la lista de acreedores necesitas abogado y procurador.