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Artículo 156 de la Ley Concursal (TRLC): Principio general de vigencia de los contratos

Redacción vigente desde el 26 de septiembre de 2022 · dada por Ley 16/2022 · 2 redacciones desde 2020 · Fuente: BOE, texto consolidado

Texto vigente del artículo 156

La declaración de concurso no es causa de resolución anticipada del contrato. Se tendrán por no puestas las cláusulas que establezcan la facultad de la otra parte de suspender o de modificar las obligaciones o los efectos del contrato, así como la facultad de resolución o la de extinción del contrato por la declaración de concurso de cualquiera de ellas o por la apertura de la fase de liquidación de la masa activa.

Nota del texto consolidado: Se modifica por el art. único.35 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580#au

Texto consolidado del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo (BOE-A-2020-4859), redacción en vigor desde el 26 de septiembre de 2022, introducida por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia). Consulta el original en el BOE. Las normas con rango de ley son de dominio público (artículo 13 de la Ley de Propiedad Intelectual).

Qué significa el artículo 156

Este artículo protege la continuidad de los contratos del concursado. La declaración de concurso no es, por sí misma, causa para resolver anticipadamente un contrato. Y las cláusulas que muchas empresas incluyen en sus condiciones generales, según las cuales el contrato se extingue, se suspende o se modifica si la otra parte entra en concurso, se tienen por no puestas: no producen efecto. La redacción vigente, tras la reforma de 2022, incluye también las cláusulas que se activan con la apertura de la fase de liquidación. El sentido es evitar que la empresa en concurso pierda de golpe sus suministros, licencias o arrendamientos cuando más los necesita.

En la práctica

Si eres proveedor, arrendador o licenciante, no puedes invocar el concurso de tu cliente para rescindir el contrato, aunque tu contrato lo diga expresamente. Lo que conservas es el derecho a resolver por incumplimiento: según el artículo 161, el incumplimiento posterior a la declaración permite resolver, y según el artículo 160 el anterior solo si el contrato es de tracto sucesivo. Las prestaciones que realices tras la declaración se pagan con cargo a la masa conforme al artículo 158, así que exige que cada entrega esté autorizada por la administración concursal y factura con puntualidad. Si el contrato es un suministro esencial, seguir sirviendo suele ser mejor que litigar.

Si eres el deudor, este artículo te da argumentos frente a proveedores que amenazan con cortar el servicio: la cláusula de resolución por concurso no vale. El artículo 159 mantiene las facultades de denuncia unilateral que reconozca expresamente la ley y las normas que permitan pactar la extinción en situaciones concursales. Si eres trabajador, tu contrato tampoco se extingue por la declaración de concurso; las medidas colectivas durante el procedimiento las decide el juez del concurso conforme al artículo 53.

Equivalencia con la ley anterior: Artículo 61 de la Ley 22/2003. El texto refundido de 2020 renumeró toda la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, y la Ley 16/2022 volvió a redactar buena parte de los artículos.

Ver también: Derechos del acreedor · Qué es el concurso de acreedores.

Qué publica el Registro Público Concursal sobre los efectos de la declaración de concurso

Las resoluciones judiciales que aplican este bloque del TRLC llegan al Registro Público Concursal y a nuestra base cada día. Así se reparten en el periodo que cubrimos:

Tipo de resoluciónTotalÚltimos 30 días
Resolución sobre las facultades de administración2 321176
Cese de las limitaciones de las facultades de administración1 20780
Auto que modifica las situaciones de intervención o suspensión de las facultades de administración.90

Consúltalo en RadarConcursal: Qué es el concurso de acreedores y sus fases · Derechos del acreedor. Y en la guía del Registro Público Concursal tienes el significado de cada tipo de resolución.

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  • Artículo 158: Efectos sobre los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento por ambas partes
  • Artículo 159: Supuestos especiales
  • Artículo 160: Resolución por incumplimiento anterior
  • Artículo 161: Resolución por incumplimiento posterior

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