radarconcursal
Inicio · Ley Concursal · Libro primero · Título IV · Artículo 217

Artículo 217 de la Ley Concursal (TRLC): Determinaciones a cargo de la administración concursal

Redacción vigente desde el 1 de septiembre de 2020 · dada por Real Decreto Legislativo 1/2020 · Fuente: BOE, texto consolidado

Texto vigente del artículo 217

En caso de enajenación del conjunto de la empresa o de una o varias unidades productivas, la administración concursal, cualquiera que sea el sistema de enajenación, deberá determinar el plazo para la presentación de las ofertas y especificar, antes de la iniciación de ese plazo, los gastos realizados con cargo a la masa activa para la conservación en funcionamiento de la actividad del conjunto de la empresa o de la unidad o unidades productivas objeto de enajenación, así como los previsibles hasta la adjudicación definitiva.

Texto consolidado del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo (BOE-A-2020-4859), redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2020. Consulta el original en el BOE. Las normas con rango de ley son de dominio público (artículo 13 de la Ley de Propiedad Intelectual).

Dónde encaja el artículo 217

Este artículo forma parte del libro primero, del concurso de acreedores, título IV (de la masa activa), capítulo III (de la conservación y de la enajenación de la masa activa) del texto refundido de la Ley Concursal. Su rúbrica oficial es «Determinaciones a cargo de la administración concursal».

La redacción que lees es la vigente desde el 1 de septiembre de 2020; es la redacción original del texto refundido de 2020. Para entender cómo se aplica, lee los artículos vecinos del mismo capítulo y, si el tema tiene reflejo en el Registro Público Concursal, revisa las resoluciones que publica cada día.

Qué publica el Registro Público Concursal sobre la masa activa

Este bloque del TRLC no genera un tipo de resolución propio en el Registro Público Concursal: sus efectos se ven en las publicaciones de las fases del concurso.

Consúltalo en RadarConcursal: Qué es el concurso de acreedores y sus fases · Empresas en concurso. Y en la guía del Registro Público Concursal tienes el significado de cada tipo de resolución.

Artículos relacionados

En el mismo capítulo

  • Artículo 210: Realización directa de los bienes afectos
  • Artículo 211: Dación en pago o para pago de los bienes afectos
  • Artículo 212: Enajenación de bienes y derechos afectos con subsistencia del gravamen
  • Artículo 213: Destino del importe obtenido
  • Artículo 214: Bienes y derechos incluidos en establecimientos o unidades productivas
  • Artículo 215: Modo ordinario de enajenación de unidades productivas
  • Artículo 216: Autorización judicial para la enajenación directa o a través de persona o entidad especializada
  • Artículo 218: Contenido de las ofertas
  • Artículo 219: Regla de la preferencia
  • Artículo 220: Audiencia de los representantes de los trabajadores

¿Buscas una empresa concreta? Escribe su NIF o denominación y verás si tiene publicaciones concursales, en qué fase está y qué juzgado tramita el procedimiento.