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Artículo 223 de la Ley Concursal (TRLC): Exclusiones a la subrogación por voluntad del adquirente

Redacción vigente desde el 1 de septiembre de 2020 · dada por Real Decreto Legislativo 1/2020 · Fuente: BOE, texto consolidado

Texto vigente del artículo 223

La transmisión de una unidad productiva no implicará la subrogación del cesionario respecto de aquellas licencias, autorizaciones o contratos no laborales en los que el adquirente, al formular la oferta, haya manifestado expresamente su intención de no subrogarse.

Texto consolidado del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo (BOE-A-2020-4859), redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2020. Consulta el original en el BOE. Las normas con rango de ley son de dominio público (artículo 13 de la Ley de Propiedad Intelectual).

Dónde encaja el artículo 223

Este artículo forma parte del libro primero, del concurso de acreedores, título IV (de la masa activa), capítulo III (de la conservación y de la enajenación de la masa activa) del texto refundido de la Ley Concursal. Su rúbrica oficial es «Exclusiones a la subrogación por voluntad del adquirente».

La redacción que lees es la vigente desde el 1 de septiembre de 2020; es la redacción original del texto refundido de 2020. Para entender cómo se aplica, lee los artículos vecinos del mismo capítulo y, si el tema tiene reflejo en el Registro Público Concursal, revisa las resoluciones que publica cada día.

Qué publica el Registro Público Concursal sobre la masa activa

Este bloque del TRLC no genera un tipo de resolución propio en el Registro Público Concursal: sus efectos se ven en las publicaciones de las fases del concurso.

Consúltalo en RadarConcursal: Qué es el concurso de acreedores y sus fases · Empresas en concurso. Y en la guía del Registro Público Concursal tienes el significado de cada tipo de resolución.

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En el mismo capítulo

  • Artículo 216: Autorización judicial para la enajenación directa o a través de persona o entidad especializada
  • Artículo 217: Determinaciones a cargo de la administración concursal
  • Artículo 218: Contenido de las ofertas
  • Artículo 219: Regla de la preferencia
  • Artículo 220: Audiencia de los representantes de los trabajadores
  • Artículo 221: Sucesión de empresa
  • Artículo 222: Subrogación del adquirente
  • Artículo 224: Efectos sobre los créditos pendientes de pago
  • Artículo 224 bis: Solicitud de concurso con presentación de oferta de adquisición de una o varias unidades productivas
  • Artículo 224 ter: Solicitud de nombramiento de experto para recabar ofertas de adquisición de la unidad productiva

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