Redacción vigente desde el 26 de septiembre de 2022 · dada por Ley 16/2022 · 2 redacciones desde 2020 · Fuente: BOE, texto consolidado
1. Son rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la solicitud de declaración de concurso, así como los realizados desde esa fecha a la de la declaración, aunque no hubiere existido intención fraudulenta.
2. Son igualmente rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la comunicación de la existencia de negociaciones con los acreedores o la intención de iniciarlas, para alcanzar un plan de reestructuración, así como los realizados desde esa fecha a la de la declaración de concurso, aunque no hubiere existido intención fraudulenta, siempre que concurran las dos siguientes condiciones:
1.º Que no se hubiera aprobado un plan de reestructuración o que, aun aprobado, no hubiera sido homologado por el juez.
2.º Que el concurso se declare dentro del año siguiente a la finalización de los efectos de esa comunicación o de la prórroga que hubiera sido concedida.
Nota del texto consolidado: Se modifica por el art. único.53 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580#au
Texto consolidado del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo (BOE-A-2020-4859), redacción en vigor desde el 26 de septiembre de 2022, introducida por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia). Consulta el original en el BOE. Las normas con rango de ley son de dominio público (artículo 13 de la Ley de Propiedad Intelectual).
Este artículo permite deshacer actos del deudor que perjudicaron su patrimonio antes del concurso. Son rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud de concurso, y los realizados entre la solicitud y la declaración, aunque no hubiera intención fraudulenta. Hay un segundo periodo: si el deudor comunicó la apertura de negociaciones para un plan de reestructuración, también es rescindible lo hecho en los dos años anteriores a esa comunicación, si el plan no se homologó y el concurso se declara dentro del año siguiente al fin de los efectos de la comunicación o de su prórroga.
Si eres acreedor, esta acción es la herramienta para recuperar bienes que salieron de la empresa antes del concurso: ventas a bajo precio, pagos anticipados a ciertos acreedores o garantías nuevas para deudas viejas. Los artículos 227 y 228 presumen el perjuicio en varios de esos casos, y el 229 exige probarlo en los demás. La legitimación corresponde a la administración concursal según el artículo 231, pero el artículo 232 te permite requerirla por escrito identificando el acto; si no actúa en dos meses, puedes demandar tú mismo.
Si eres contraparte de un acto rescindible, por ejemplo si compraste un activo a la empresa, ten en cuenta que la rescisión te obliga a devolverlo y que, si se aprecia mala fe, tu crédito de restitución queda subordinado según el artículo 281. Comprar a precio de mercado y documentarlo es tu mejor defensa. Si eres el deudor, los actos ordinarios de tu actividad realizados en condiciones normales no son rescindibles, como aclara el artículo 230, pero el plazo de dos años se cuenta desde la solicitud, no desde la declaración, y puede retrotraerse más si hubo preconcurso.
Equivalencia con la ley anterior: Artículo 71 de la Ley 22/2003. El texto refundido de 2020 renumeró toda la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, y la Ley 16/2022 volvió a redactar buena parte de los artículos.
Ver también: Derechos del acreedor · Preconcurso.
Este bloque del TRLC no genera un tipo de resolución propio en el Registro Público Concursal: sus efectos se ven en las publicaciones de las fases del concurso.
Consúltalo en RadarConcursal: Qué es el concurso de acreedores y sus fases · Empresas en concurso. Y en la guía del Registro Público Concursal tienes el significado de cada tipo de resolución.
¿Buscas una empresa concreta? Escribe su NIF o denominación y verás si tiene publicaciones concursales, en qué fase está y qué juzgado tramita el procedimiento.