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Artículo 409 de la Ley Concursal (TRLC): Apertura de oficio de la liquidación

Redacción vigente desde el 26 de septiembre de 2022 · dada por Ley 16/2022 · 2 redacciones desde 2020 · Fuente: BOE, texto consolidado

Texto vigente del artículo 409

1. La apertura de la fase de liquidación procederá de oficio en los siguientes casos:

1.º No haberse presentado dentro del plazo legal ninguna propuesta de convenio o no haber sido admitidas a trámite las que hubieren sido presentadas.

2.º No haberse aceptado por los acreedores ninguna propuesta de convenio.

3.º Haberse rechazado por resolución judicial firme el convenio aceptado por los acreedores.

4.º Haberse declarado por resolución judicial firme la nulidad del convenio aprobado por el juez.

5.º Haberse declarado por resolución judicial firme el incumplimiento del convenio.

2. En los casos 1.º y 2.º del apartado anterior, la apertura de la fase de liquidación se acordará por el juez sin más trámites, en el momento en que proceda, mediante auto que se notificará al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

En cualquiera de los demás casos, la apertura de la fase de liquidación se acordará en la propia resolución judicial que la motive y se hará efectiva una vez esta adquiera firmeza.

3. Contra el auto o la sentencia de apertura de la fase de liquidación el concursado podrá interponer recurso de apelación.

Nota del texto consolidado: Se modifica por el art. único.98 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580#au

Texto consolidado del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo (BOE-A-2020-4859), redacción en vigor desde el 26 de septiembre de 2022, introducida por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia). Consulta el original en el BOE. Las normas con rango de ley son de dominio público (artículo 13 de la Ley de Propiedad Intelectual).

Qué significa el artículo 409

Enumera los casos en los que el juez abre la liquidación por su propia iniciativa, sin que nadie lo pida: cuando no se presenta ninguna propuesta de convenio en plazo o ninguna se admite a trámite; cuando los acreedores no aceptan ninguna propuesta; cuando se rechaza por resolución firme el convenio aceptado por los acreedores; cuando se declara nulo el convenio aprobado; y cuando se declara su incumplimiento. En los dos primeros casos el juez lo acuerda directamente por auto; en el resto, la liquidación se abre en la misma resolución que la motiva y es efectiva cuando esta adquiere firmeza. El concursado puede apelar.

En la práctica

Si eres acreedor, este artículo te dice cuándo el concurso pasará a liquidación aunque el deudor no lo pida y, por tanto, cuándo empezará la venta de activos. Vigila sobre todo dos momentos: el fin del plazo para presentar propuestas de convenio y la votación de los acreedores. Si la propuesta fracasa, la liquidación llega sin más trámite, mediante un auto notificado al concursado, a la administración concursal y a las partes personadas. Si eres deudor, recuerda que una liquidación abierta de oficio por incumplimiento del convenio imputable a ti es una de las causas que hacen que el concurso se califique en todo caso como culpable (artículo 443), con las consecuencias del artículo 455. Contra el auto o la sentencia de apertura puedes interponer recurso de apelación, pero valora si tiene sentido retrasar lo inevitable; en los casos de incumplimiento o nulidad del convenio, los créditos contraídos durante su cumplimiento pasan a ser créditos concursales (artículo 414 bis). La apertura de la liquidación recibe la misma publicidad que la declaración de concurso (artículo 410), así que aparecerá en el Registro Público Concursal.

Equivalencia con la ley anterior: Artículo 143 de la Ley 22/2003. El texto refundido de 2020 renumeró toda la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, y la Ley 16/2022 volvió a redactar buena parte de los artículos.

Ver también: Qué es un concurso de acreedores · Listado de concursos de acreedores.

Qué publica el Registro Público Concursal sobre la liquidación de la masa activa

Las resoluciones judiciales que aplican este bloque del TRLC llegan al Registro Público Concursal y a nuestra base cada día. Así se reparten en el periodo que cubrimos:

Tipo de resoluciónTotalÚltimos 30 días
Auto de apertura de la fase de liquidación2 604215
Plan de Liquidación22914
Auto de aprobación del plan de liquidación64263
Escrito de rendición de cuentas83873

Consúltalo en RadarConcursal: Empresas en liquidación · Fases del concurso. Y en la guía del Registro Público Concursal tienes el significado de cada tipo de resolución.

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