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Artículo 442 de la Ley Concursal (TRLC): Concurso culpable

Redacción vigente desde el 1 de septiembre de 2020 · dada por Real Decreto Legislativo 1/2020 · Fuente: BOE, texto consolidado

Texto vigente del artículo 442

El concurso se calificará como culpable cuando en la generación o agravación del estado de insolvencia hubiera mediado dolo o culpa grave del deudor o, si los tuviere, de sus representantes legales y, en caso de persona jurídica, de sus administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, directores generales, y de quienes, dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración del concurso, hubieren tenido cualquiera de estas condiciones.

Texto consolidado del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo (BOE-A-2020-4859), redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2020. Consulta el original en el BOE. Las normas con rango de ley son de dominio público (artículo 13 de la Ley de Propiedad Intelectual).

Qué significa el artículo 442

Define la regla general del concurso culpable: lo es cuando la insolvencia se ha generado o agravado por dolo (intención) o culpa grave (negligencia grave) del deudor. Si el deudor es una sociedad, la conducta que se examina es la de sus administradores o liquidadores, tanto de derecho como de hecho, la de sus directores generales y la de quienes hayan ocupado cualquiera de esos cargos en los dos años anteriores a la declaración de concurso. No basta con que la empresa haya ido mal: hace falta una conducta reprochable que haya causado o empeorado la insolvencia, y una relación entre ambas cosas.

En la práctica

Si eres administrador, fíjate en dos detalles que suelen sorprender. Primero, la ley no solo mira a quien figura inscrito en el Registro Mercantil: el administrador de hecho (quien dirige realmente la empresa sin cargo formal) y el director general responden igual. Segundo, haber dejado el cargo no te libra si lo ocupaste en los dos años anteriores al concurso. La culpa grave no exige mala fe: seguir contratando deuda cuando la empresa ya no podía pagar, o retrasar la solicitud de concurso más allá del plazo del artículo 5, puede bastar, porque el artículo 444 presume culpable el concurso en ese caso.

Si eres acreedor y quieres impulsar una calificación culpable, necesitas pruebas de la conducta y de su relación con la insolvencia; los supuestos del artículo 443 (que la ley considera culpables en todo caso) y las presunciones del artículo 444 facilitan mucho esa tarea. Ten en cuenta también a los cómplices del artículo 445: terceros que cooperaron con dolo o culpa grave en los actos que fundan la calificación, y que pueden ser condenados a devolver bienes e indemnizar (artículo 455).

Equivalencia con la ley anterior: Artículo 164 de la Ley 22/2003. El texto refundido de 2020 renumeró toda la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, y la Ley 16/2022 volvió a redactar buena parte de los artículos.

Ver también: Qué es un concurso de acreedores · Derechos del acreedor en el concurso.

Qué publica el Registro Público Concursal sobre la calificación del concurso

Las resoluciones judiciales que aplican este bloque del TRLC llegan al Registro Público Concursal y a nuestra base cada día. Así se reparten en el periodo que cubrimos:

Tipo de resoluciónTotalÚltimos 30 días
Auto de formación de la sección de calificación34022
Sentencia de Calificación26028
Archivo de la pieza de Calificación351
Archivo de Actuaciones seccion sexta (de Calificación)140

Consúltalo en RadarConcursal: Fases del concurso · Administradores concursales. Y en la guía del Registro Público Concursal tienes el significado de cada tipo de resolución.

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