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Artículo 611 de la Ley Concursal (TRLC): Exigibilidad del deber legal de solicitar el concurso

Redacción vigente desde el 26 de septiembre de 2022 · dada por Ley 16/2022 · 2 redacciones desde 2020 · Fuente: BOE, texto consolidado

Texto vigente del artículo 611

1. Transcurridos tres meses desde la comunicación, el deudor que no haya alcanzado un plan de reestructuración deberá solicitar la declaración de concurso dentro del mes siguiente, salvo que no se encontrara en estado de insolvencia actual.

2. En caso de prórroga de los efectos de la comunicación, lo dispuesto en el apartado anterior se aplicará a partir de la fecha en que finalice esa prórroga.

Nota del texto consolidado: Se modifica por el art. único.152 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580#au

Texto consolidado del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo (BOE-A-2020-4859), redacción en vigor desde el 26 de septiembre de 2022, introducida por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia). Consulta el original en el BOE. Las normas con rango de ley son de dominio público (artículo 13 de la Ley de Propiedad Intelectual).

Qué significa el artículo 611

Marca el final del preconcurso cuando no hay acuerdo. Pasados tres meses desde la comunicación de apertura de negociaciones, el deudor que no haya alcanzado un plan de reestructuración debe solicitar la declaración de concurso dentro del mes siguiente, salvo que no se encuentre en insolvencia actual. Si se concedió la prórroga del artículo 607, el mes se cuenta desde que la prórroga termina. La norma cierra el círculo: la comunicación aplaza el deber de pedir el concurso, pero no lo elimina, y evita que el preconcurso se utilice para ganar tiempo indefinidamente a costa de los acreedores.

En la práctica

Si eres deudor, anota tres fechas: la de la comunicación, la del fin de los tres meses (o de la prórroga) y la del fin del mes siguiente. Si en ese momento sigues sin poder cumplir regularmente tus obligaciones exigibles (insolvencia actual, artículo 2), tienes que presentar la solicitud de concurso dentro de ese mes. Incumplir el deber de solicitar el concurso hace que se presuma culpable (artículo 444), con riesgo de inhabilitación y de responsabilidad personal para los administradores (artículos 455 y 456). Si solo estabas en probabilidad de insolvencia o en insolvencia inminente, no estás obligado a pedir el concurso, pero pierdes la protección frente a ejecuciones.

Si eres acreedor, este plazo te permite planificar: vencido el mes sin solicitud del deudor, las solicitudes de concurso necesario que estaban suspendidas se tramitan (artículo 610) y recuperas la posibilidad de ejecutar. Comprueba en el Registro Público Concursal la fecha de la comunicación y, en su caso, de la prórroga para calcular cuándo termina la protección del deudor. En las microempresas el plazo es más corto: cinco días hábiles tras los tres meses de negociación (artículo 690).

Equivalencia con la ley anterior: Artículo 5 bis de la Ley 22/2003. El texto refundido de 2020 renumeró toda la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, y la Ley 16/2022 volvió a redactar buena parte de los artículos.

Ver también: Empresas en preconcurso · Cómo solicitar el concurso de acreedores · Concurso voluntario y concurso necesario.

Qué publica el Registro Público Concursal sobre el preconcurso: comunicación de negociaciones

Las resoluciones judiciales que aplican este bloque del TRLC llegan al Registro Público Concursal y a nuestra base cada día. Así se reparten en el periodo que cubrimos:

Tipo de resoluciónTotalÚltimos 30 días
Resolución sobre comunicación de apertura de negociaciones (procedimiento especial)370
Resolución sobre comunicación de apertura de negociaciones (reestructuración)10
Auto de prórroga de los efectos de la comunicación de apertura de negociaciones3313
Auto de extensión del plazo de prohibición de ejecuciones10

Consúltalo en RadarConcursal: Empresas en preconcurso y guía del preconcurso. Y en la guía del Registro Público Concursal tienes el significado de cada tipo de resolución.

Artículos relacionados

  • Artículo 2: Presupuesto objetivo
  • Artículo 5: Deber de solicitar la declaración de concurso
  • Artículo 444: Presunciones de culpabilidad
  • Artículo 610: Efectos de la comunicación sobre la solicitud de concurso a instancia de legitimados distintos del deudor
  • Artículo 690: Comunicación de la apertura de negociaciones para microempresas

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