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Artículo 35 de la Ley Concursal (TRLC): Publicidad de la declaración de concurso

Redacción vigente desde el 26 de septiembre de 2022 · dada por Ley 16/2022 · 2 redacciones desde 2020 · Fuente: BOE, texto consolidado

Texto vigente del artículo 35

1. El mismo día de la aceptación del cargo por el administrador concursal, el letrado de la Administración de Justicia remitirá por medios electrónicos al "Boletín Oficial del Estado", para su publicación en el suplemento del tablón judicial edictal único, y al Registro público concursal el edicto relativo a la declaración de concurso, redactado en el modelo oficial para que sea publicado con la mayor urgencia. La publicación del edicto tendrá carácter gratuito.

El edicto contendrá los datos indispensables para la identificación del concursado, incluyendo el número de identificación fiscal que tuviera; el órgano judicial que hubiera declarado el concurso, el número de autos y el número de identificación general del procedimiento; la fecha de presentación de la solicitud, la fecha en que se hubiera repartido, la fecha del auto de declaración de concurso; el régimen de intervención o de suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre los bienes y derechos que integren la masa activa; la identidad del administrador o de los administradores concursales; el plazo para la comunicación de los créditos, la dirección electrónica y postal, para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos y cuantas otras comunicaciones dirijan a la administración concursal, y la dirección electrónica del Registro público concursal en el que se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso.

2. En el mismo auto de declaración del concurso o en resolución posterior, el juez, de oficio o a instancia de interesado, podrá acordar cualquier publicidad complementaria que considere imprescindible para la efectiva difusión del concurso de acreedores.

Nota del texto consolidado: Se modifica el apartado 1 por el art. único.14 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580#au

Texto consolidado del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo (BOE-A-2020-4859), redacción en vigor desde el 26 de septiembre de 2022, introducida por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia). Consulta el original en el BOE. Las normas con rango de ley son de dominio público (artículo 13 de la Ley de Propiedad Intelectual).

Qué significa el artículo 35

Este artículo regula cómo se hace pública la declaración de concurso. El mismo día en que el administrador concursal acepta el cargo, el letrado de la Administración de Justicia envía por medios electrónicos el edicto al BOE, para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único, y al Registro público concursal. La publicación es gratuita y urgente. El edicto incluye los datos clave: identificación del concursado con su NIF, juzgado y número de autos, fechas de solicitud, reparto y auto, régimen de intervención o suspensión, identidad del administrador concursal, plazo para comunicar créditos y direcciones postal y electrónica para hacerlo. El juez puede añadir publicidad complementaria.

En la práctica

Para un acreedor, el edicto es el documento de referencia: la fecha de su publicación en el BOE abre el plazo de un mes para comunicar el crédito previsto en el artículo 28, y contiene la dirección a la que debes enviar la comunicación. Consulta el Registro público concursal o el suplemento del BOE con regularidad si tienes clientes con señales de impago; un servicio de alertas, como el de Radar Concursal, te avisa cuando aparece una empresa concreta.

Si eres proveedor y ves el NIF de un cliente en un edicto, no sigas sirviendo a crédito sin hablar antes con la administración concursal: los pedidos posteriores a la declaración generan créditos contra la masa, conforme al artículo 242, pero en caso de intervención necesitan su autorización o conformidad. Si eres el deudor, recuerda que, según el artículo 33, la publicación produce para ti los efectos de notificación del auto si no has comparecido. El momento de la publicación depende de la aceptación del administrador concursal, que según el artículo 66 debe aceptar dentro de los cinco días siguientes a recibir la comunicación de su nombramiento.

Equivalencia con la ley anterior: Artículo 23 de la Ley 22/2003. El texto refundido de 2020 renumeró toda la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, y la Ley 16/2022 volvió a redactar buena parte de los artículos.

Ver también: Registro público concursal · Alertas de concursos · Cómo saber si una empresa está en concurso.

Qué publica el Registro Público Concursal sobre la declaración de concurso

Las resoluciones judiciales que aplican este bloque del TRLC llegan al Registro Público Concursal y a nuestra base cada día. Así se reparten en el periodo que cubrimos:

Tipo de resoluciónTotalÚltimos 30 días
Auto de declaración de concurso10 5681 024
Solicitud de declaración de concurso26026
Medidas cautelares previas171

Consúltalo en RadarConcursal: Empresas declaradas en concurso · Barómetro concursal mensual · Cómo solicitar el concurso de acreedores · Concurso voluntario y necesario. Y en la guía del Registro Público Concursal tienes el significado de cada tipo de resolución.

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